A partir del 18 de febrero de 2027, ninguna batería para vehículos eléctricos, para medios de transporte ligeros (LMT) ni batería industrial de más de 2 kWh podrá introducirse en el mercado de la UE sin un pasaporte digital de baterías. El Reglamento 2023/1542 exige para ello datos obligatorios estructurados por batería, un código QR en cada unidad y derechos de acceso escalonados para el público, las autoridades y los recicladores.
Las grandes plataformas responden con espacios de datos y programas de trazabilidad. Para fabricantes e importadores medianos, eso suele ser demasiado proyecto para una obligación claramente delimitada. Batteriepasswerk convierte la obligación en un trámite: crear un modelo, importar números de serie, generar los códigos QR e integrar a los proveedores mediante un enlace.
Desarrollamos exclusivamente para este Reglamento. Los campos obligatorios siguen la lista oficial de 71 puntos de datos de la Comisión Europea (versión 2.0 del 15 de agosto de 2026); estructura de datos y niveles de acceso alineados con la DIN DKE SPEC 99100, códigos QR según GS1 Digital Link, registro de auditoría con cadena de hashes SHA-256 y alojamiento en Alemania. No ofrecemos asesoramiento jurídico; lo vinculante es el texto del Reglamento.